Atención con SOSUNC fuera de la región
Estimados afiliados/as:
Compartimos los pasos y requisitos establecidos por SOSUNC para asegurar la cobertura de sus prácticas y estudios médicos cuando requiera atenderse fuera de su lugar de residencia.
1- Derivaciones
El proceso para la cobertura de las derivaciones es la autorización previa de nuestra Auditoría Médica. Para obtenerla, tiene que presentar un informe médico debidamente justificado y fundamentado.
- Atención en su zona de residencia: si su atención no requiere traslado o no cuenta con la derivación previa, SOSUNC garantiza la cobertura habitual a través de la red de prestadores con convenio vigente en la localidad de residencia de cada persona afiliada.
- Criterio de cercanía: Las derivaciones autorizadas se coordinan hacia la localidad más cercana disponible para la prestación requerida, garantizando la atención a través de un prestador convenido o mediante el sistema de reciprocidad.
2- Reciprocidades
Nuestros/as afiliados/as pueden acceder a la atención fuera de su lugar de residencia SÓLO cuando hayan solicitado la reciprocidad por estar en tránsito o por urgencias.Para esos casos, se otorga la cobertura de una canasta básica de prestaciones (disponible en este enlace: https://www.sosunc.org.ar/web/?page_id=150)
Si necesita una atención médica que exceda la canasta básica, debe solicitar siempre la autorización previa en la Auditoría Médica de SOSUNC. Los trámites alternativos en otras obras sociales o las solicitudes de reintegro posteriores no reemplazan el requisito obligatorio de validación previa.




